Compras y contabilidad
Mi proveedor está NO HABIDO: ¿puedo deducir la factura?
La fecha de emisión y la regularización al 31 de diciembre importan. Revisa qué dice SUNAT sobre el gasto, el IGV y la evidencia que debes conservar.
Revisado el 21 de septiembre de 2026 · Guía informativa
Control rápido
- Fecha de emisión del comprobante identificada.
- Condición del proveedor en esa fecha contrastada con soporte oficial.
- Regularización al 31 de diciembre documentada cuando corresponda.
La respuesta depende de cuándo era NO HABIDO
Según SUNAT, no es deducible para el Impuesto a la Renta el gasto sustentado con un comprobante emitido cuando el proveedor tenía la condición de NO HABIDO, según la publicación de la Administración Tributaria. La excepción que describe SUNAT exige que el proveedor haya levantado esa condición al 31 de diciembre del mismo ejercicio. Consultar el RUC hoy no demuestra cuál era su condición cuando emitió la factura.
Tres situaciones que conviene separar
Compara la fecha del comprobante con la situación documentada del proveedor. No decidas sólo por el color del resultado actual.
- Era NO HABIDO al emitir y sigue así al 31 de diciembre: no se cumple la excepción descrita por SUNAT.
- Era NO HABIDO al emitir y levantó la condición al 31 de diciembre: documenta la regularización y revisa los demás requisitos para deducir el gasto. No es una aprobación automática de la factura.
- La consulta actual dice NO HABIDO, pero no conoces la condición al emitir: falta el dato histórico. Un resultado de hoy no permite afirmar que el gasto fue deducible o no.
El gasto y el crédito fiscal del IGV no son la misma revisión
SUNAT advierte también que las adquisiciones de bienes no permitidas como gasto o costo conforme a la legislación del Impuesto a la Renta no otorgan derecho al crédito fiscal. Eso no convierte una captura del RUC en una validación de IGV: el comprobante, la operación y los demás requisitos tributarios deben revisarse por separado con quien lleva tu contabilidad.
Qué reunir antes del cierre o de una fiscalización
Conserva una carpeta por operación que permita reconstruir los hechos, incluyendo los documentos originales y las fechas. Pide al proveedor el sustento de cualquier regularización; no reemplaces ese sustento por una declaración verbal.
- Comprobante y fecha de emisión; contrato u orden y evidencia de la operación.
- Consulta oficial del estado y de la condición, con la fecha de cada revisión.
- Sustento de la condición relevante al emitir y de su levantamiento, si ocurrió.
- Evaluación de contabilidad y seguimiento antes del cierre del ejercicio.
Qué aporta una consulta fechada y qué queda pendiente
RUCcheck permite registrar el estado observado, la fuente y la fecha para tu control interno. Su CSV gratuito de hasta 20 RUC ayuda a ordenar esa revisión, pero no reconstruye por sí solo estados históricos, no es una constancia SUNAT ni garantiza deducibilidad. Si necesitas acreditar un hecho ante SUNAT, reúne el soporte oficial pertinente y la evaluación tributaria del caso.
Evidencia interna no es Ficha RUC
El resultado de RUCcheck, junto con su fuente y fecha, puede respaldar un checklist interno de proveedores. No es una Ficha RUC, no tiene valor de constancia emitida por SUNAT y no acredita por sí solo la validez tributaria o contractual de una operación.
La Ficha RUC electrónica se obtiene por los canales oficiales de SUNAT y cuenta con sus propios mecanismos de autenticidad. Cuando necesites soporte formal, solicita o genera ese documento según corresponda.
Cómo obtener la Ficha RUC electrónica en SUNATFuentes oficiales
Referencias consultadas para esta guía. Revisa siempre la versión vigente en el sitio de la entidad.
Consulta un RUC ahora
Usa RUCcheck para una primera lectura de estado y condición. Para soporte formal, confirma el resultado en SUNAT y obtén la documentación oficial que corresponda.
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